Kara grzywny Hiszpania
Witam w 2017 roku zostałem skazany na karę grzywny w Hiszpanii w wysokości 2081,91€.
Dostałem również dokumenty od prawnika z których niestety nic nie rozumiem . Czy mógłbym prosić o pomoc ?
JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 9 DE MALAGA
C/ Fiscal Luis Portero García, s/n. ("Ciudad de la Justicia").
Tlf.: 677982525/6/7(Ejecutorias) 677982528 (Juicios) Fax: 951939169. Tel. 951939069 (Información) N.I.G: 2906743P20170021931
CAUSA No:
Ejecutoria: 363/2017
Negociado: 4
Juzgado de procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION No12 DE MALAGA Procedimiento origen: Diligencias Urgentes 104/2017
Hecho: ATENTADOS CONTRA AUTORID.
Contra:
Procurador/a: Sr./a. GEMA AMADA MARTIN ROSA
Abogado/a: Sr./a. JOSE LUIS MOTA JIMENEZ
AUTO
En MÁLAGA., a 11 de octubre de dos mil diecisiete. Dada cuenta del anterior informe del Ministerio fiscal y;
HECHOS
PRIMERO.-Que en las presentes actuaciones se dictó por este Juzgado sentencia de fecha 8/5/17 declarada firme el 11/9/17, en la que se condenó al penado como autor de un delito de atentado del art. 550 y 551 c.p. a la pena 4 meses de prision y otro de daños del art. 263 c.p. a la pena de 4 meses de multa con cuota diaria de 10 euros y a indemnizar al Ministrerio del Interior en 330.91 euros y a Jose Torres Rivera en 551 euros.
SEGUNDO.-Que habiendo intentado el requerimiento al penado para el cumplimiento de la pena, ha resultado en paradero desconocido en el domicilio que consta en las actuaciones.
RAZONAMIENTO JURÍDICO
UNICO.- Determina el art . 990 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que las penas se ejecutarán en la forma y tiempo prescritos en el Código Penal y en los reglamentos.
Corresponde al Juez o Tribunal a quien el presente Código impone el deber de hacer ejecutar la sentencia adoptar sin dilación las medidas necesarias para el cumplimiento por de las penas impuestas en sentencia firme, a cuyo fin requerirá el auxilio de las Autoridades administrativas, que deberán prestárselo sin excusa ni pretexto alguno.
Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
SE DECRETA LA BUSCA, DETENCIÓN Y PERSONACIÓN del penado JOSE MIGUEL GARCIA MADUEÑO a fin de notificarle el auto de INCOACION DE EJECUTORIA de fecha 9/8/17 y el presente Auto Y
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IGNACIO NAVAS HIDALGO 11/10/2017 12:43:14
PABLO EMILIO JIMENEZ VILLAREJO FERNANDEZ 11/10/2017 12:52:10
ID. FIRMA
ws051.juntadeandalucia.es Te6kTdKxhVome5Y0Hs89AQ==
PÁGINA
1/2
Te6kTdKxhVome5Y0Hs89AQ==
FIRMADO POR
FECHA
11/10/2017
REQUERIRLE DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA IMPUESTA EN SENTENCIA, y en concreto:
- Requerir al condenado , a fín de que haga efectiva en el plazo de DIEZ DIAS la multa que le ha sido impuesta de 4 MESES con cuota diaria de 10 EUROS, lo que hace un total de 1200 EUROS, debiendo realizar el ingreso en la cuenta de consignaciones de este Juzgado c/c 2972 0000 78 0363 17 de Banco Santander, advirtiéndole que transcurrido el anterior plazo sin verificarlo se procederá a la averiguación de patrimonio y al embargo de bienes y para el caso de resultar insolvente se aplicara la responsabilidad personal subsidiaria.
- Estese a la suspensión de 2 años acordada en Sentencia firme.
- Requiérase al condenado a fin de que haga efectiva en el plazo de DIEZ DIAS la responsabilidad civil acordada en Sentencia, en concreto, la cantidad de 330,91 euros a favor de MINISTERIO DEL INTERIOR y la cantidad de 551 € a favor de JOSE TORRES RIVERA en concepto de indemnización.
- Ofíciese a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que den cumplimiento a tal orden, e insértese la requisitoria en los registros telemáticos con fecha previsible de prescripción para el día 11/9/2.022 salvo error u omisión; insértese en dichos registros telemáticos testimonio de los particulares necesarios para el cumplimiento de lo acordado y para resolver sobre la situación personal del requisitoriado una vez sea habido, a efectos de dar cumplimiento al Art. 516 de la LECr y lo dispuesto en el R.D. 576/14 de 4 de Julio.
Requierase de domicilio a efectos de notificaciones y verificado los anteriores requerimientos procedase a dejar en LIBERTAD A si no estuviera privado de ella por otra causa.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días y su subsidiariamente y sin necesidad de interponer el anterior recurso de apelación en el plazo de cinco días
Así lo dispongo, mando y firmo D./Doña IGNACIO NAVAS HIDALGO Magistrado- Juez del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 9 DE MALAGA de MÁLAGA.. Doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado doy fe.
“En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”.
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